El consejo europeo emitió una circular el pasado 16 de julio en la que actualiza el listado de países en los que no existen restricciones para viajes no esenciales. La nota contiene una ‘lista blanca’ revisada de países para los que es posible hacer viajes de ocio y turismo. Si la comparamos con la lista adoptada el 30 de junio, dos países han sido eliminados de la lista (Montenegro y Serbia) y no se han añadido nuevos países.
Según los criterios y condiciones establecidos en la recomendación, a partir del 16 de julio, los Estados miembros deberían levantar gradualmente las restricciones de viaje a las fronteras exteriores para los residentes de los siguientes terceros países:
- Argelia
- Australia
- Canadá
- Georgia
- Japón
- Marruecos
- Nueva Zelanda
- Ruanda
- Corea de Sur
- Tailandia
- Túnez
- Uruguay
- China, sujeta a confirmación de reciprocidad.
Los residentes de Andorra, Mónaco, San Marino y el Vaticano se considerarán residentes de la UE a los efectos de esta recomendación.
Los criterios para determinar los terceros países para los que se ha de levantar la restricción de viaje actual cubren en particular la situación epidemiológica y las medidas de contención, incluido el distanciamiento físico, así como las consideraciones económicas y sociales.
Los países enumerados en la lista deben cumplir los siguientes criterios:
- Número de casos nuevos de Covid-19 en los últimos 14 días y por cada 100.000 habitantes cerca o por debajo de la media de la UE (tal como estaba el 15 de junio de 2020)
- Tendencia estable o decreciente de nuevos casos durante este periodo en comparación con los 14 días anteriores.
- Respuesta general a Covidi-19 teniendo en cuenta la información disponible, incluidos aspectos como pruebas, vigilancia, seguimiento de contactos, contención, tratamiento e informes, así como la fiabilidad de la información y, si es necesario, la puntuación media total de la normativa sanitaria internacional (RSI).
- También se debe tener en cuenta la información proporcionada por las delegaciones de la UE sobre estos aspectos.
- La reciprocidad también se debe tener en cuenta regularmente y caso por caso.
Para los países donde las restricciones de viaje se siguen aplicando, las siguientes categorías de personas deberían estar exentas de las restricciones:
- Ciudadanos de la UE y sus familiares.
- Residentes de la UE a largo plazo y sus familiares.
- Viajeros con una función o necesidad esencial, como se indica en la recomendación.
- Los países asociados a Schengen (Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza) también participan en esta recomendación.
La recomendación del Consejo no es un instrumento jurídicamente vinculante. Las autoridades de los Estados miembros siguen siendo responsables de implementar el contenido de la recomendación. Pueden, con total transparencia, levantar solo progresivamente las restricciones de viaje hacia los países enumerados.
Un estado miembro no debe decidir levantar las restricciones de viaje para terceros países no incluidos en la lista antes de que esto se haya decidido de manera coordinada.
Esta lista de terceros países se debe continuar revisando cada dos semanas y puede ser actualizada por el Consejo, según sea el caso, después de consultas estrechas con la Comisión y las agencias y servicios relevantes de la UE tras una evaluación general basada en los criterios anteriores.